Tu padre o tu madre ha fallecido y no encuentras el testamento. Antes de buscar en Jerez de la Frontera o en Algeciras, conviene pedir el certificado de últimas voluntades: indica si hay testamento y qué notario lo autorizó. Es un trámite del Ministerio de Justicia que gestionamos de forma remota.
Qué hacemos por ti
Gestionamos la petición completa: modelo 790, certificado de defunción, instancia y envío. Te mandamos el resultado por correo y, si hay testamento, te indicamos cómo pedir una copia a la notaría.
- Preparación y pago de la tasa mediante el modelo 790.
- Lectura del resultado y localización de la notaría.
- Petición de la copia del testamento a la notaría.
- Orientación sobre los pasos siguientes de la herencia.
- Solicitud del certificado al Registro General de Actos de Última Voluntad.
Si el fallecido había hecho varios testamentos, el certificado muestra el último, que es el que vale. Los anteriores quedan sin efecto, aunque su existencia puede aparecer en el historial. Es un detalle importante cuando hay hermanos en Jerez de la Frontera o en Algeciras que creen que rige un testamento anterior.
Requisitos y documentación
Necesitamos el certificado de defunción del fallecido, tu DNI o NIE y algún documento que acredite tu relación con él, como el libro de familia. Con eso podemos preparar la petición.
- Libro de familia u otro documento que acredite el parentesco.
- Pago de la tasa con el modelo 790.
- Datos del fallecido: nombre completo y fecha de nacimiento.
- Certificado de defunción del fallecido.
- DNI o NIE del solicitante.
Además del certificado de últimas voluntades, en una herencia suele hacer falta el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento. Se pide al Ministerio de Justicia a la vez y nos indica si el fallecido tenía contratado algún seguro de vida. Podemos solicitar ambos en una sola gestión.
Plazos y datos clave
El plazo mínimo es de 15 días hábiles tras el fallecimiento, que se acredita con el certificado de defunción. Con ello el registro certifica los últimos testamentos y las notarías donde se otorgaron.
El certificado dice si hay testamento, la fecha del último y la notaría donde se otorgó, que puede estar en Cádiz o en cualquier otra provincia. Con esa información pedimos la copia autorizada a la notaría y seguimos con la herencia.
Una vez recibido el certificado, guárdalo junto con el de defunción y el libro de familia. Serán la base de todo lo que venga después, desde la copia del testamento hasta la liquidación de impuestos de la herencia en Cádiz, y los pedirán casi todas las entidades y oficinas.
Cómo trabajamos
La gestión es completamente remota: documentación por WhatsApp o email, revisión por nuestra parte y presentación del trámite ante la administración correspondiente. Cada avance te llega por escrito, de modo que puedes seguir el asunto desde casa o desde el trabajo, estés en la capital o en cualquier pueblo de la provincia.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no hay testamento?
Entonces la herencia se rige por las reglas de la sucesión intestada, y habrá que hacer una declaración de herederos. Te orientamos sobre los pasos siguientes.
¿Quién puede pedirlo?
Quien acredite un interés legítimo, normalmente un familiar o un heredero, con el certificado de defunción. No lo puede pedir cualquiera.
¿El certificado incluye el testamento?
No. Informa de su existencia, de la fecha y de la notaría. Después hay que pedir una copia autorizada a esa notaría, que también podemos gestionar.
¿Puedo pedirlo desde otro país?
Sí. Todo el trámite puede hacerse a distancia con los documentos escaneados, por correo electrónico o por WhatsApp.
Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso: abrir WhatsApp.
